este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, con sede en la ciudad de Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que la Ley le confiere, declara: Con Lugar la solicitud de sobreseimiento interpuesta por la Fiscalía Primera del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, en el asunto IP01-P-2008-002009, de nomenclatura Fiscal N° 11F1-0891-03, instruido en contra Persona por Identificar, por el delito de Hurto Calificado, previsto y sancionado en el numeral 4° articulo 455 del Código Penal, en perjuicio de Maria Eugenia de Campos Bueno, todo de conformidad con lo establecido en el ordinal 4° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal.