REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO MIRANDA
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCON
SANTA ANA DE CORO, 14 DE MAYO DEL AÑO 2.010.
AÑOS 200º Y 151º.
Vista la solicitud presentada por los ciudadanos: ANGEL RAFAEL SIVADA y ELVIA ROSA PATIÑO PEREZ, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de la cedula de identidad Nros: 7.477.223 y 9.518.723, respectivamente, de este domicilio, debidamente asistidos por la abogada ELANNY REYES, inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº 117.773; désele entrada fórmese expediente, numérese y tómese razón en el libro de causas; quedando anotada bajo el Nº 2.287-2010.
De lectura de la misma, se observa que los solicitantes manifiestan estar domiciliados en la Vela, Municipio Colina del Estado Falcón; es por ello, que el Tribunal considera importante traer a colación, lo establecido en las siguientes normas:
Articulo 40 del Código de Procedimiento Civil: "Las demandas relativas a derechos pers.....