Por los fundamentos expuestos éste JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO CARIRUBANA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, CON SEDE EN PUNTO FIJO, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CONSUMADO el acto procesal de TRANSACCIÓN, realizado por las partes intervinientes en el presente JUICIO, en consecuencia, se homologa la presente TRANSACCIÓN, dándole el carácter de cosa Juzgada, y se ordenará el archivo del presente expediente, una vez vencido el lapso de apelación correspondiente.
SEGUNDO: Se suspende la medida de embargo decretada por éste Tribunal en fecha 07-04-2010 y ofíciese al Juzgado Ejecutor de Medidas del Municipio Carirubana con sede en Punta Cardón, a los fines de que remita las resultas de comisión remitidas en fecha 07-04-2.010, mediante oficio N° 4600-292.
TERCERO: El desglose del documento original Factura identificada con el N° 07719, de fecha 15-06-2009, inserta en el folio 03 de.....