Por las razones expuestas este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACION, UNION, BOLIVAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio hecha por los ciudadanos: DANNY MARIA MARTINEZ RODRIGUEZ y LUIS RAFAEL DEL MORAL REYES, ambos venezolanos, cónyuges, mayores de edad, titulares de las Cedulas de Identidad Nos. V-9.521.485 y V-7.491.914; respectivamente, actualmente domiciliados la Primera en el Callejón San Pablo entre Calle Bolívar y Santa Bárbara casa S/N y el segundo en la Calle Bolívar entre Washington y Callejón Porto Carrero casa N° 56; ambos en la parroquia Churuguara, del Municipio Federación del Estado Falcón, debidamente asistidos por la abogada en ejercicio: RAMONA ENCARNACIÓN GONZALEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 160.951, con domicilio procesal en la Población de Churugua.....