Por las razones expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS COLINA Y PETIT DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio de los ciudadanos: ROSA AMERICA HERNANDEZ VARON Y JOSE ALEXANDER CORDOVA VEGAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V.-10.702.238 y V.-9.931.745, respectivamente debidamente asistidos por los abogados asistentes RAFAEL MORALES, Inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 248.651 y MAIRELYS VENTURA inscrita en el IPSA bajo el numero 151.870, y en consecuencia queda DISUELTO, el vinculo matrimonial que los une contraído por ellos, por ante el Registro Civil Municipal, de Pueblo Cumarebo, Municipio Zamora, del Estado Falcón, lo cual se evidencia del acta de matrimonio signada con el N° 15, que riela al folio dos (02 y su vuelto) del presente expediente.....