este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Sentencias y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del estado Falcón ubicado en la ciudad de Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, OTORGA a JOVAN GREGORIA JAIMES LUGO, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.527.053, con domicilio en la ciudad de Caracas, Urbanización Santa Fé, residencias Lito, apartamento 05-B, teléfono 0424-4224656, al beneficio de SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, en atención a lo previsto en el artículo 482 del código orgánico procesal penal con un régimen de prueba de UN (01) AÑO, contado a partir de la designación de su delegado de prueba. Se ordena el levantamiento del Acta de imposición a los fines de que se comprometa con el cumplimiento de las obligaciones impuestas en la presente decisión.