Por todo lo antes expuesto éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, extensión Punto Fijo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA: Medida Judicial Privativa Preventiva de Libertad del ciudadano: ARTURO RAFAEL FLORES, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 5.620.999, comerciante, hijo de Ana Flores, nacido en fecha 10-02-1955, soltero, residenciado en la ciudad de Valencia La Isabelica, sector 05, vereda 19, casa N° 69, Estado Carabobo; por la presunta comisión de los delitos de Estafa, Receptación y Uso de Documento Público Falso previsto y sancionado en el artículo 462, 470, 319 en concordancia con el artículo 322 todos del Código Penal Venezolano; en perjuicio del ciudadano Héctor Luis Amaya Navas, Zelia Martina Faria de Jiménez, Rafael Angel Jiménez. Por encontrarse llenos los extremos de los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal. Así mismo se decreta la Flagrancia de.....