Fue recibida de distribución en fecha veintiocho (28) de julio de dos mil veinticinco (2025), constante de siete (07) folios útiles, solicitud de Divorcio por Desafecto (Mutuo Acuerdo) presentada por la ciudadana LICETH DEL VALLE MEDINA MILLANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-13.203.561, domiciliada en el Sector Camino Real, Municipio Dabajuro del Estado Falcón, número telefónico 0424-6741338, debidamente asistida por el abogado LUIS ALFREDO PEREIRA MORA, Defensor Público en Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Falcón, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 178.709; donde manifiesta que contrajo matrimonio civil con el ciudadano JOSE GREGORIO ROJAS VELASQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-12.180.749, domiciliado en el Sector Lara, Municipio Dabajuro del Estado Falcón, número telefónico 0424-6162365; en fecha veintisiete (27) de enero de dos mil once (2011), tal como se evidencia de acta