Examinados los documentos acompañados, las declaraciones de los ciudadanos NICOLAS ANTONIO DÍAZ AMAYA y JOHAN MANUEL ABREU y las norma ut supra transcrita, este Juzgado Primero de los Municipios Falcón y Los Taques de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Pueblo Nuevo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, determina que son suficiente para declarar las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD y POSESION a favor de la ciudadana JOHANNA MARIELA RAMONES VEGAS, , venezolana, mayor de edad, soltera, de 38 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 12.496.504, de profesión u oficio T.S.U. en Informática, domiciliada en Punto Fijo Urbanización Casacoima II, Calle Charaima entre Calles Moruy y Araguaney, casa N° 05, Municipio Carírubana del Estado Falcón, sobre las bienhechurias anteriormente identificadas sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, de conformidad con lo dis.....