En consideración de los fundamentos anteriormente expuestos este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Sentencias y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, ubicado en la ciudad de Santa Ana de Coro Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta la Conmutación del resto de pena que falta por cumplir al penado PEDRO ANTONIO MENDEZ, venezolano, titular de la cedula de identidad Nº V.-20.296.894, es decir, NUEVE (09) MESES VEINTIOCHO (28) DIAS mas la tercera parte de ese total, es decir, TRES (03) MESES NUEVE (09) DIAS OCHO (08) HORAS para un total de UN (01) AÑO NUEVE (09) DIAS OCHO (08) HORAS en pena de Confinamiento, la cual deberá cumplir en la siguiente dirección: Carretera Morón Coro, sector El Palmar, casa sin numero, parroquia Píritu, municipio Píritu, del estado Falcón. Líbrese la respectiva Orden de Excarcelación y Copia certificada de la presente resolución y co.....