Por las motivaciones que preceden, este Juzgado Segundo de Ejecución y Medidas del Circuito Judicial penal del Estado Falcón, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA LA EXTINCIÓN DE LA PENA de los penados: DENNYS RAFAEL CUAURO LOPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N ° 14.793.022, de oficios del hogar, domiciliado en el Caserío San José de la Costa Municipio Píritu del Estado Falcón y DANIEL RAFAEL LOPEZ BRACHO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N ° 14.793.020, de oficios del hogar, domiciliada en el Barrio La Comunidad, Calle Principal, casa N ° 34, Municipio Colina, casa sin número, La Vela de Coro del Estado Falcón, por la comisión del delito por la comisión del delito de ROBO Y SECUESTRO , previsto y sancionado en el artículo 460 y 462 del Código Penal vigente para la fecha de la comisión de los hechos, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 4.....