Por todos los racionamientos antes expuestos, este Juzgado Trigésimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: ÚNICO: LA CADUCIDAD de la solicitud por Calificación de Despido incoada por el ciudadano Elvis Giovanny Lugo Mendoza contra la empresa LA SABANA 2003, C.A., ambos plenamente identificados supra.