, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, Administrando Justicia en nombre de la República y por la autoridad que le confiere la Ley; acuerda:
PRIMERO: Decreta la Detención Flagrante por cuanto llena los requisitos del articulo 96, así mismo acuerda que el presente procedimiento se siga por el previsto en el articulo 97, ambos de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
SEGUNDO: Por cuanto existen plurales y fundados elementos de convicción en contra de CARLOS LUIS FIGUEROA MADRIZ, este Juzgado ACREDITA el delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, precalificado por la vindicta publica, en perjuicio de la Ciudadana víctima: SE OMITE IDENTIDAD , en virtud del informe medico que cursa en.....