Con fundamento en todos los razonamientos y motivos que anteceden, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR LA APELACIÓN interpuesta por el abogado JAIME SIERRALTA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 56.291, en su carácter de Apoderada Judicial de la parte actora, contra la Sentencia del 30 de Julio de 2.010, dictada por el Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Tucaras, en relación al juicio seguido por las ciudadanas ELISET COROMOTO PRIMERA, JANETH MARTINEZ y DEIMAR SOIREE KOSSA, contra la Sociedad Mercantil GRUPO DE CONSULTORIA GLOBAL, C. A., por concepto de COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la sentencia recurrida, siendo .....