Sobre la base de los argumentos antes esgrimidos, este Tribunal de Primera Instancia en funciones Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, impartiendo Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: Con lugar la solicitud fiscal, y se decreta al Ciudadano ALBERTO ROBINSON ARGETA, titular de la cédula de identidad NO PORTA, venezolano, de 22 años de edad, de profesión indefinida y natural de esta Ciudad de Coro, la medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad por encontrarse llenos los extremos de los articulo 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal; por estar presuntamente incurso en la comisión del Hurto Calificado, tipificado en el artículo 453 del Código Penal, en perjuicio del Ciudadano José Ines Oduber Osteicochea.
SEGUNDO: Se acuerda que la presente causa se tramitara por el procedimiento ordinario, tal como lo requiere la Representación Fiscal, de conformidad con lo establecido.....