...Cumplido los requisitos que exige el artículo 185-A del Código Civil Vigente, es procedente la solicitud de divorcio presentada y así se decide.- Por lo antes expuesto, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, impartiendo justicia en nombre de la República por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO formulada por los ciudadanos: GLADYS JOSEFINA DÍAZ DE ARCAYA y FRANCISCO JOSÉ ARCAYA VENTURA, y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial que les une y que contrajeron por ante el Juzgado Segundo del Municipio Carirubana del Estado Falcón, el día catorce (14) de Julio de 1.972.-
El Tribunal no hace pronunciamiento alguno respecto a bienes gananciales, por haber manifestado los solicitantes en la solicitud, que no adquirieron bienes algunos que liquidar.
Por cuanto la presente sentencia no tiene apelación se declara definitivamente firme.....