Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Quinto del Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Resuelve: PRIMERO: Se admite totalmente la Acusación interpuesta por la Fiscalía Décimo Cuarta de Ministerio Público del Estado Falcón en contra del ciudadano: JOSÉ ANTONIO DEL MORAL, en perjuicio del: ESTADO VENEZOLANO. SEGUNDO: Se Admiten las pruebas Testimoniales y documentales ofrecidas por la representación fiscal, por considerarlas el Tribunal útiles, necesarias y pertinentes. TERCERO: Se condena a cumplir la pena de: DOS (02) AÑOS DE PRISIÓN, al ciudadano: JOSE ANTONIO DEL MORAL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N ° V- 2.111.382, quien reside en: Centro Comercial Mi Mascota, Avenida Independencia, Sector Antiguo Tres Platos, Coro Estado Falcón, por la comisión de uno de los delitos previstos en la Ley SOBRE SUSTANCIAS MATERIALES Y DESECHOS PELIGROSOS, previsto y sa.....