DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Único de Primera Instancia Penal en Funciones de Ejecución, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA PRIMERO LA EXTINCION DE LA ACCIÖN PENAL, por el cumplimiento de la condena al penado: FRIDEL TONY ARIAS MARIN, no porta documentación personal y dice ser y llamarse como queda escrito, de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nº 19.944.412, de Dieciocho (18) años de edad, nacido en fecha 11-03-1990, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Albañil, Hijo Elvia Marín y Félix Arias, natural de Santa Ana de Coro y residenciado en la Calle Principal Alí Primera, Casa S/Nº, al lado de la Licorería Génesis, Punto Fijo, Estado Falcón., condenado a Cumplir una pena de DOS (02) AÑOS DE PRISIÓN, por la presunta comisión del delito de HURTO AGRAVADO, previsto y sancionado en el Articulo 452, ordinales 1ª y 8ª del Código Penal Venezo.....