Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia en Nombre de la República, de conformidad con lo establecido en el ordinal 1° del artículo 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, Decreta la Libertad Plena del ciudadano JOSÉ DE LA TRINIDAD VEROES VEROES quien es Venezolano, de 51 años de edad, de oficio albañil, soltero, titular de la Cédula de Identidad N° 7.472.751 y domiciliado en la Calle Progreso N° 85, entre Santa Rosa y providencia, Coro, Estado Falcón .Notifíquese a las partes de la presente Decisión. Remítanse con Oficio las Presentes actuaciones a la Fiscalía Segunda del Ministerio Público. Cúmplase.