En fuerza de los motivos de hecho y de derecho expuestos, este Tribunal Superior, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA:
UNICO: incompetente para conocer del recurso de apelación ejercido por la abogada Norelly Donado, como apoderada del ciudadano CRECENCIO ANTONIO GOMEZ, contra la sentencia de fecha 04 de agosto de 2008, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de esta Circunscripción Judicial, y mediante la cual declaró la perención del procedimiento de prescripción adquisitiva, sobre un fundo agrario, incoado por el apelante, contra el ciudadano MARQUES ANTONIO GOMEZ; y DECLARA COMPETENTE al Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Maracaibo, a quien se acuerda enviar de inmediato el expediente. Notifique a la Juez de la causa.
Déjese transcurrir el lapso correspondiente
La presente causa quedó ingresada bajo el .....