A tal efecto, observa este Tribunal que aun cuando se ha fijado la oportunidad para la realización de la audiencia de inhibiciones, recusaciones y excusas, en primer lugar por el Tribunal segundo de Juicio, entre las cuales se encuentran las siguientes fijaciones: para el 12/1/06, la cual fue diferida por incomparecencia del Representante del Ministerio Público y de la Defensa Privada, posteriormente fue fijada para el 8/2/06, siendo diferida por incomparecencia del Defensor Privado, en fecha 15/3/06 fue diferida nuevamente por incomparecencia de las partes y finalmente el Juez de ese despacho Judicial se inhibe del conocimiento del asunto, y ordena su remisión a este Tribunal, mas, no es si no hasta el día 09 de noviembre de 2006, cuando este Tribunal le da ingreso, por lo que se fijo sorteo y posteriormente se fijo la audiencia de inhibiciones, recusaciones y excusas, lo que constituyo para este Tribunal el primero llamado, y la primera vez en que todas las partes se encuentran en sa.....