Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Resuelve: PRIMERO: Admite Parcialmente la Acusación interpuesta por la Fiscalía Primera de Ministerio Público del Estado Falcón en contra de EDUARDO LUIS CHIRINOS MEDINA, por el delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el artículo 458 en concordancia con el artículo 82 ambos del Código Penal venezolano, en perjuicio de la ciudadana JESSICA MARIA LUGO PIMENTEL. SEGUNDO: Admite las pruebas Testimoniales y documentales ofrecidas por la representación fiscal, por considerarlas el Tribunal útiles, necesarias y pertinentes, excepto los numerales 1 y 6. TERCERO: Se condena a SEIS (06) AÑOS DE PRISIÓN al acusado EDUARDO LUIS CHIRINOS MEDINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 17.005.797, natural y residenciado en esta ciudad, Barrio San José calle la.....