En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta mediante diligencia de fecha 8 de junio de 2011, por los abogados Jesús Luis Rodríguez Villegas y Félix Alejandro Bonaiuto Ramírez, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la Empresa Mercantil CORPORACIÓN CARNICA 2005 C.A., mediante diligencia de fecha 8 de junio de 2011.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la sentencia interlocutoria con fuerza de definitiva dictada por el Tribunal de la causa en fecha 23 de mayo de 2011, mediante la cual declara PERIMIDA LA INSTANCIA en el presente juicio de COBRO DE BOLÍVARES seguido por el apelante en contra del ciudadano WILLIAM DELGADO ZAMBRANO.
TERCERO: Se condena en costas a la parte recurrente de conformidad con .....