DISPOSITIVA.
Por todo lo antes expuesto Este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, extensión Punto Fijo administrando Justicia En Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y por autoridad Acuerda: Revocar la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad de Arresto Domiciliario Impuesta al imputado; Willy José García Gutiérrez, titular de la cédula de identidad N°V-17.309.041, venezolano, mayor de edad, residenciado en Sector Bella Vista, Bloques del BTV, Apartamento 09, Bloque #1, Punto Fijo Estado Falcón, por la presunta comisión del delito de Robo Agravado, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal Venezolano, en perjuicio del ciudadano Ernesto Marín Ruiz, y se le IMPONE las Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad contenida en el artículo 256 ordinales 3° referente a la presentación periódica ante la Oficina del Alguacilazgo de éste Circuito Penal cada quince días y la contenida en el mismo artículo en el ordinal 6° que es .....