Este TRIBUNAL PRIMERO DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil y en acatamiento a lo establecido en la Resolución N° 2009-0006, de fecha 18-03-2009, dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros, y en atención a lo solicitado y lo evidenciado en actas en donde consta que el decujus, LUIS DANIEL NIEVES, falleció Ab-intestato en fecha 12 de Febrero de 2010, como consta del acta de defunción expedida por el Registro Civil El Paraíso, Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital, DECLARA COMO UNICO Y UNIVERSAL HEREDERO, del mencionado decujus Luís Daniel Nieves, a la ciudadana MIRIAM COROMOTO JIMENEZ DE NIEVES, venezolana, mayor de edad, viuda, titular de la cedula de identidad Nº 3.827.005, Secretaria, de este domicilio, de esta ciudad de Coro, Municipio Miranda del Estado Falcón.
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