este JUZGADO UNIPERSONAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO FALCON, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO Se admite totalmente la acusación presentada por la Representación Fiscal contra el ciudadano acusado MEYBER JIMENEZ CHIRINO. Se admiten todos los medios probatorios promovidos por la Fiscalía Segunda del Ministerio Público descritos en el presente fallo. Acoge este Tribunal de Juicio, las calificaciones jurídicas imputadas por los delitos de Porte Ilícito de Arma de Fuego y Lesiones personales, previstos en los artículos 277 y 416, respectivamente, ambos del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos EZEQUIEL RAMÓN MEDINA, HENRY LUIS YANEZ Y EL ESTADO VENEZOLANO. SEGUNDO: Admitida como fue la acusación penal, se impuso al ciudadano acusado MEYBER JIMENEZ CHIRINO de las fórmulas alternativas de prosecución del proceso y del procedimiento .....