este Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en función de Juicio de la Circunscripción Judicial Penal del estado Falcón, Decreta: PRIMERO: Con lugar la solicitud interpuesta por el Abg. Diego Silva, en su condición de Defensor Privado actuando en representación de los ciudadanos Enjerbert Manuel Ortega y Javier Alexander Quintero. SEGUNDO: El decaimiento de la medida de privación judicial preventiva de libertad que pesa sobre los acusados ENJERBERT MANUEL ORTEGA BUDEZ venezolano, de 21 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 18.858.601 nacido en fecha 22/09/87, natural de Valencia Estado Carabobo, Grado de Instrucción: Bachiller, de profesión u oficio Empleado como Mecánico Automotriz, domiciliado en Municipio Guacara Urbanización Los Naranjos manzana 4 calle Nº 7 casa Nº 29 Estado Carabobo, hijo de Siria Budez y Miguel Ortega, y JAVIER ALEXANDER QUINTERO NIEVES venezolano, de 22 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 17.450.874, nacido en fecha 12/10/8.....