En virtud de las consideraciones que preceden, este Juez Primero de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en punto Fijo actuando en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara con lugar la acción de divorcio fundamentada en el artículo 185, causal tercera del Código Civil, intentada por la ciudadana Deyanira Maria Muñoz Crespo, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 13.202.314, asistida por la Abg. Zhaida Paez, venezolana, mayor de edad, IPSA Nº 56.16, en contra del ciudadano Nirso José Diaz Lugo, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 11.768.817. En consecuencia SE DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL existente entre los prenombrados ciudadanos que fue contraído por ante el Jefe Civil del Municipio Punta Cardon del Estado Falcón de fecha 03 de abril de 200.....