Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado CUARTO de Primera Instancia en funciones de Control, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud interpuesta por la Defensora Pública MARIA ALEJANDRA MACHADO adscrita a la Unidad de la Defensa Pública del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, en su condición de defensora del ciudadano ARNOLDO EFRAIN CORDERO y en consecuencia, le fija al Ministerio Público un plazo de hasta CUARENTA Y CINCO para que finalice la Investigación en la presente Causa. Todo a tenor de lo preceptuado en el Artículo 23 de Nuestra Carta Magna, en sana concordancia con el Artículo 24 de la Convención Americana Sobre Derechos Humanos, y en armonía con el primer aparte del Artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal
Publíquese, regístrese y notifíquese a las partes del presente pronunciamiento.
LA JUEZ CUARTO DE CONTROL
ABG. ZENLLY URDANETA GOVEA.
LA SECRETARIA DE SALA
ABG. JUAN.....