Por todo lo antes expuesto este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal, de la Circunscripción Judicial de Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley RESUELVE: PRIMERO: ADMITE TOTAMENTE, la Acusación interpuesta por el Ministerio Público de conformidad con el artículo 330 ordinal 2° de la norma adjetiva penal en contra de los acusados JOSE LUIS SANGRONIS MARQUEZ, titular de la cédula de identidad personal número V. ¿10.704.068, nacido en fecha 15-08-1980, soltero, de profesión obrero, domiciliado en el Barrio Curazaito, casa N° 117, por el delito de Homicidio Intencional, previsto y sancionado en el Articulo 405 del Código Penal, en perjuicio de JOSE GREGORIO ISEA SANCHEZ y CARLOS JOSÉ LUGO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 14.563.796, nacido en fecha 15-08-1980, soltero, de profesión obrero, domiciliado en Barrio Monte Verde, ca.....