En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por la abogada Carolina Socorro, como apoderada del ciudadano GUILLERMO SEGUNDO CASTRO BARRIOS, mediante diligencia de fecha 30 de julio de 2009.
SEGUNDO: CON LUGAR la QUERELLA INTERDICTAL POR DESPOJO interpuesta por el ciudadano GUILLERMO SEGUNDO CASTRO BARRIOS en contra del ciudadano FRANCISCO GONZÁLEZ. En consecuencia se ordena al ciudadano FRANCISCO GONZÁLEZ restituirle la posesión del inmueble objeto de la presente querella constituido por una extensión de terreno constante de 25,83 M2, correspondientes a una parcela de terreno de mayor extensión constante de 110,93 M2, ubicada en la población de los Taques, Paseo Ovidio Ocando, casco central del M.....