Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de los Municipios Falcón y los Taques de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Pueblo Nuevo, actuando como Juzgado de Control competente en el Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PENALMENTE CULPABLE y RESPONSABLE a la adolescente: IDENTIDAD OMITIDA, de nacionalidad venezolana, quien para el momento de ocurridos los hechos contaba con 14 años de edad, titular de la C.I. omitida, nacido en fecha 1995, natural de los Punto Fijo, por estar incursa en la comisión del delito de TRAFICO ILICITO DE DROGAS, previsto y sancionado en el articulo 149 de la Ley Orgánica de Drogas. Dictándose en este sentidos SENTENCIA CONDENATORIA de conformidad con los artículos 603, 620 (literal "b"), 621, 622 y 624 y 626 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en virtud de la adm.....