Por las razones antes expuestas este Tribunal Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad el Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta la Conmutación del resto de pena de prisión que falta por cumplir al penado LEONARDO CAPIELO BARBOZA, arriba bien identificado, es decir, UN (01) AÑO NUEVE(09) MESES Y NUEVE(09) DÍAS, en pena de Confinamiento, la cual deberá cumplir el penado en la siguiente dirección: Sector Universitario, manzana 06 08, calle Juan Crisóstomo, la propietaria de la casa Marilin del Valle de Suárez, Punto Fijo estado Falcón; quedando obligado a:
Primero: Presentarse los primeros días lunes de cada mes ante la Oficina de Intendencia de Seguridad del Municipio Carirubana del Estado Falcón, prohibiéndosele la salida de los limites territoriales de esa entidad Federal, sin la autorización de este Tribunal hasta tanto de cumplimiento con la pena impuesta .....