Por las razones antes expuestas, este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA el Archivo del presente asunto, que se sigue en contra de la ciudadana OLGA MARGARITA MEDINA REVILLA, de conformidad con lo previsto en los Artículos 1 y 314, todos del Código Orgánico Procesal. Notifíquese de la presente decisión a los imputados, a la Defensora Pública Primera Penal del Estado Falcón, oficiando a la Fiscalia Segunda del Ministerio Público del Estado Falcón, a objeto de que remita las actuaciones contenidas en la Causa Nº IP01-S-2003-1941, a los fines de su remisión al Archivo Judicial. Cúmplase.
La Juez Quinta de Control
Abg. Yelitza Segovia
El Secretario
Abg. Wladimir Salom