Sobre la base de los argumentos antes esgrimidos, este Tribunal de Primera Instancia en funciones Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, impartiendo Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: Con lugar la solicitud fiscal, y se decreta al Ciudadano YONIS RAFAEL DÍAZ MORALES, Cédula de Identidad N° 12.586.017, Venezolano, natural de Coro, de 36 años de edad, residenciado en Urbanización Independencia Parcelamiento Arenales Calle Rubén Sira, Casa N° 12, teléfono de ubicación 042-862-1534, la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, por estar presuntamente incurso en el delito de Lesiones Culposas en accidente de Transito en perjuicio de los Ciudadanos Dionnys José Rojas Bermúdez y Andrés Rodríguez.
SEGUNDO: Se acuerda que la presente causa se tramitara por el procedimiento ordinario, tal como lo requiere la.....