Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, declara:
PRIMERO: Se ANULA la decisión proferida en fecha 12 de febrero de 2016 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Falcón.
SEGUNDO: Se declara INCOMPETENTE POR RAZÓN DE LA MATERIA para conocer de la presente incidencia cautelar.
TERCERO: Se plantea CONFLICTO NEGATIVO DE COMPETENCIA para conocer de la presente incidencia. En consecuencia, se ORDENA REMITIR de manera inmediata el presente cuaderno de medidas a la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines que regule la competencia en este asunto.
Remítase el expediente a la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia. Líbrese el oficio respectivo.
Regístrese, publíquese inclusive en la página web y déjese copia de la presente decisión.