Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia en Nombre de la República de Venezuela y por Autoridad de Ley, declara:
Primero: Con lugar la solicitud de enjuiciamiento de los ciudadanos: Alberto José García Montes, Vilmar Woswaldo Materán Vergara, Félix Alirio Ramírez Leones y Juan Carlos Acuña, arriba bien identificados, por la comisión del delito de Contrabando, previsto y sancionado en el artículo 104 de la Ley Orgánica de Aduanas con las agravantes establecidas en los literales I y K del articulo 105 ejusdem., en perjuicio del Estado Venezolano.
Segundo: Sin lugar la solicitud de enjuiciamiento de los ciudadanos: Alberto José García Montes, Vilmar Woswaldo Materán Vergara, Félix Alirio Ramírez Leones y Juan Carlos Acuña, por la comisión del delito de Aprovechamiento de Vehículo Proveniente de Hurto O Robo y se decreta el Sobreseimiento de la causa de conformidad a lo establecido en e.....