IV
Decisión
En fuerza de los anteriores razonamientos, este Tribunal superior, actuando en sede de amparo, imparte justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de Ley, DECLARA:
UNICO: Improcedente in limini litis la demanda de amparo incoada por los abogados Félix Irineo Sánchez Padilla y Franklin González, matriculas N° 12.472 y 50.520,obrando como apoderado del SAAD AKL EL MASRI, cédula 15.385.838 contra la sentencia dictada el 16 de septiembre de 2009, por el Juzgado cuarto de primera instancia en lo civil, mercantil, agrario y tránsito de esta Circunscripción Judicial, a cargo del juez CAMILO HURTADO LORENS, con motivo del juicio que por cumplimiento de contrato de arrendamiento (vencimiento del término), intentaran contra el querellante los ciudadanos MARÍA DI MARZO de ANDRIOLO, cédula 9.585.123, representada por el abogado Giovanni Arévalo Artuza, matrícula 14.911; y de conocer como Juez superi.....