DISPOSITIVA
.
Por lo antes expuesto este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley considera procedente lo referente a la Revisión de la Medida y le Decreta al Imputado JOSE GREGORIO NARVAEZ DIAZ, venezolano de 24 años de edad, soltero, obrero, titular de la cedula de identidad Nº 18.156.682, fecha de nacimiento 10-06-1987, natural de punto fijo y residenciado en Amuay calle 6 casa sin numero a mano izquierda de la plaza a la quinta casa, municipio Los Taques del Estado Falcón, una medida menos gravosa consistente en la detención domiciliaria con recorrido Policial, en donde reside el imputado, en un inmueble ubicado en Jurisdicción del Municipio Los Taques del Estado Falcón, de conformidad con lo establecido en el ordinal primero del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia, líbrese Oficio a la Comandancia.....