Por las razones antes expuestas este Tribunal Segundo del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en la ciudad de Santa Ana de Coro, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la presente demanda; en consecuencia, se condena a la parte demandada, ciudadano: LUIS ANIBAL NAVARRO GOMEZ, venezolano (a), mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-1.876.838, domiciliado (a) en la Urbanización El Carey, Calle Principal, Casa N° 20, detrás de la empresa Seguros La Seguridad, en la ciudad de Santa Ana de Coro, Municipio Miranda del Estado Falcón; en los siguientes términos:
– PRIMERO: el ciudadano, LUIS ANIBAL NAVARRO GOMEZ deberá entregar el vehículo arriba identificado, cuyas características aquí se dan por reproducidas, a la ciudadana MARIA GUADALUPE QUIÑÓNEZ ARIAS.
– SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demanda, de conformidad con el artículo 274 del Códi.....