: Por cuanto corresponde al Juez de Ejecución velar por el cumplimiento, de las medidas que debe entenderse como la obligación del Juez de controlar periódicamente , los efectos que las medidas impuestas están teniendo sobre el sancionado, visto que en virtud de lo dispuesto en el articulo 646, el Juez de Ejecución es el encargado de controlar que cumpla con el objetivo que la ley asigna a la sanción para la realización de sus fines que es el desarrollo integral del adolescente y su avenimiento con su familia y la sociedad que lo rodea , vemos pues que el mencionado adolescente está cumpliendo con las mismas tal como quedó establecido en la sentencia por cuanto ha continuado con sus estudios regulares tal como corre inserto en el folio ochenta y seis (86) de la pieza dos (02) de las presentes actuaciones (constancia de estudio) y el folio setenta y nueve (79) pieza dos (02) ( constancia de notas certificadas)y las demás reglas de conducta y las indicaciones de acuerdo a lo expresad.....