este Tribunal le imparte su homologación de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, en razón de que el mismo no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles. Se ordena el archivo del presente expediente. Certifíquese por Secretaria copia del presente auto y archivese en el copiador de sentencia. Publíquese en la página Web del Tribunal Supremo de Justicia, portal del estado Falcón. Cúmplase.---------------------------------------------------------------------------------
La Juez Provisorio,
Abg. MARBELY ROSSI DE GIANNASTACIO
La Secretaria,
ANA MONTERO ARTEAGA
NOTA; En la misma fecha se cumplió lo ordenado anteriormente. Se certificó copia del presente auto. Siendo las 11: 10 a.m., se publicó. Conste.------------------------------------------------------
Secretaría,