este Juzgado Primero de Primera Instancia en función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del estado falcón, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, OTORGA LA MEDIDA DE PRE-LIBERTAD DE DESTACAMENTO DE TRABAJO al penado DOMINGO JOSÉ CASTRO, plenamente identificado en el acápite de este fallo, en los términos, condiciones y obligaciones como quedaron establecidos en los capítulos III y IV.