Este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA incoada por el ciudadano RUBEN DARIO MILLANO MAVAREZ contra la empresa PEPSI ¿ COLA VENEZUELA, C.A., (los cuales han sido suficientemente identificados en las actas procesales que conforman el presente expediente), cuyos fundamentos y razones se expusieron en la parte motiva de la presente sentencia; SEGUNDO: Se Condena a la parte demandada Empresa PEPSI ¿ COLA VENEZUELA, C.A., a cancelar al actor los conceptos que se especificaron de manera detallada en la parte motiva de la presente sentencia; TERCERO: Se condena en Costas a la parte demandada de conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.