Por todo lo antes expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia Estadal y Municipal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE: PRIMERO: Declara con lugar la solicitud del Fiscal del Ministerio Publico y se decreta medidas cautelares de conformidad 242 numeral 3° y 4° del Código Orgánico Procesal penal, consistentes en la presentaciones cada (07) días, y la prohibición de salida de la Península de Paraguaná; para el ciudadano PEDRO SEGUNDO MORENO GERMAN, de nacionalidad Venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V- 22.898.037, de 30 años de edad, estado civil soltero, de ocupación u oficio obrero, natural de Pueblo Nuevo, en Pueblo Nuevo, calle nueva con Callejón Páez, casa sin número, Municipio Falcón Estado Falcón, por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 453, ordinal 3° y 4°, d.....