Con fundamento en las razones antes expuestas, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, con sede en Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO (Mutuo Acuerdo) presentada por los ciudadanos: JOSEFA JACQUELINE MARÍN y JUAN JOSÉ PINZON THIELEN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros: V-9.803.657 y V-4.643.379, respectivamente; y por consiguiente, DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, que contrajeran ante el Registro Civil de la Parroquia Carirubana, Municipio Carirubana del Estado Falcón, en fecha 24/12/1994, según acta N° 232. SEGUNDO: Expídase por secretaría copia certificada de la presente decisión y remítase al Registro Civil Principal y al Registro Civil de la Parroquia Carirubana, Municipio Carirubana del Estado Falcón, a los efectos de los ar.....