Por todas las argumentaciones de hecho y de derecho antes expuestas este Tribunal de Primera Instancia en funciones Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
Primero: Sin lugar la solicitud presentada por los Ciudadanos Abogados Roberto A. Acosta Garrido y Carlos Lugo en sus condiciones de Fiscal Décimo Séptimo a Nivel Nacional con Competencia Plena y Fiscal Séptimo del Ministerio Público, en el sentido de que se constituya un Tribunal Unipersonal que haya de conocer el presente asunto instruido en contra del Ciudadano Henry Nelson Ferrer; en garantía del debido proceso y del juez Natural.
Segundo: Se anulan todos los actos de impulso procesal fijados por este Tribunal con posterioridad a la data 18/07/07, de conformidad con lo establecido en el artículo 192 en concordancia con el artículo 196 ambos del Código Orgánico Procesal Penal; y se ordena la celebración del debate.....