este Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en función de Juicio de la Circunscripción Judicial Penal del estado Falcón, Decreta: PRIMERO: Con lugar la solicitud interpuesta por el Abg. Francisco Sangronis, en su condición de Defensor Privado del ciudadano BELISARIO JESUS MANGA GARCÍA. SEGUNDO: El decaimiento de la medida de privación judicial preventiva de libertad que pesa sobre el acusado BELISARIO JESUS MANGA GARCÍA, venezolano, de 20 años de edad, soltero, taxista, titular de la cédula de identidad personal N° 18.607.656, residenciado en la urbanización José Leonardo Chirinos, calle 02, vereda 11, casa N° 33, coro, estado Falcón; actualmente recluido en el Internado Judicial de Coro, con fundamento en el principio de proporcionalidad contemplado en el artículo 244 del Código Orgánico Procesal Penal y la Jurisprudencia Penal Venezolana, en el sentido de haber transcurrido más de dos (2) años previstos en dicha norma. TERCERO: A los fines de garantizar la finalidad del pro.....