DISPOSITIVO
Con mérito en las razones antes expuestas este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, sede Punto Fijo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: HA LUGAR LA PRESUNCIÓN DE ADMISIÓN DE HECHO.
SEGUNDO: CON LUGAR la Demanda incoada por la ciudadana NANCY COROMOTO GONZALEZ REYES, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-9.811.927, representada judicialmente por la procuradora del trabajo Abogada ANAROSA SANCHEZ C. Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 18.294.787. Inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 171.299, en contra de la ciudadana CARMEN REVILLA Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-9.585.497, por PRESTACIONES SOCIALES Y DEMAS CONCEPTOS LABORALES. Así se decide.
TERCERO: Se cond.....