Revisadas minuciosamente las actuaciones procesales cursantes en autos, concretamente, visto el escrito que encabeza la presente solicitud y los recaudos acompañados presentado por el ciudadano JOSÉ MARIA CASTRO GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Número 10.858.847 en representación de la ciudadana ANA MARIA CASTRO GONZÁLEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Número 11.274.476, según poder autenticado por ante la Notaria Pública de la ciudad de San Felipe del Estado Yaracuy, en fecha, tres (03) de Agosto de Dos Mil doce (2012), anotado bajo el Número 18, Tomo 136 de los Libros de Autenticaciones llevados por esa Oficina Notarial, debidamente asistido por las abogadas ALIX ALFONZO y YULAIDA SOUBLETT, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Números 41.119 y 106.096 respectivamente y vistas además las actuaciones promovidas y evacuadas en autos atendiendo el principio procesal de la inmediación de co.....